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Mejía López, Adan

LIBRE

Martes 17 de julio de 2007, por Comité Cerezo México 2

Integrante de la APPO, liberado

Oaxaca, Oax., 22 de julio. A un año y cinco días de su detención, Adán Mejía López, miembro de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO), obtuvo esta noche su libertad al quedar absuelto del delito contra la salud en su modalidad de posesión de droga con hipótesis de venta, lo que confirma que su reclusión forma parte de la “estrategia para criminalizar la lucha social”. Una vez que la juez quinta de distrito, Ileana Noriega Pérez, declaró absuelto al integrante de la APPO, a eso de las 20:15 horas abandonó la penitenciaría del estado.


El Comité de Familiares de los Presos Políticos del DF en Oaxaca, denuncia la detención arbitraria de los jóvenes, Adán Mejia López, de 25 años, estudiante de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM y Hersaín Michel (menor de edad). Fueron detenidos el pasado martes 17 de julio, a las 8 de la noche, cuando abordaron un taxi a dos cuadras del Zócalo de la Ciudad de Oaxaca. En cuanto el taxi avanzó, una camioneta roja sin identificación oficial ni placas se le cerró, obligando a detener el vehículo y capturando tanto a Adán como a Gersaín, quienes fueron trasladados a diversos centros de detención de la policía ministerial, en donde fueron torturados exigiéndoles confesaran su supuesta participación en los hechos del lunes 16 de julio en el Fortín. Al no poder relacionarlos con estos acontecimientos, fueron entregados a las 4 de la mañana a la AFI, (miércoles 18 de julio), quien les sembró sustancias toxicas y un arma calibre 9 milímetros, para fincarles cargos de narcomenudeo y mantenerlos detenidos en la Unidad de atención al narcomenudeo, situada en la calle de Amapolas 1429, esquina con Laureles, colonia Reforma.


 

POR LA LIBERTAD INMEDIATA PARA ADÀN MEJÍA LÒPEZ

Adàn Mejía Lòpez es preso polìtico en la Penitenciarìa Central de Santa Marìa Ixcotel Oaxaca desde el dìa 17 de Julio de 2007 como consecuencia de la represiòn desatada por el Gobierno de Oaxaca contra el movimiento popular del año 2006.

Como parte de su defensa, el dìa 12 de mayo interpuso un INCIDENTE DE LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS, donde se documenta mediante peritajes la tortura a la que fue sometido, mientras que las declaraciones de testigos comprueban que fue falsamente acusado de narcotràfico, también se demuestra la falsedad de las declaraciones de los supuestos policìas aprehensores de Adán y finalmente que su encarcelamiento es por motivos politicos.

LAS PRUEBAS QUE DESVANECEN el arbitrario auto de formal prisión y que fueron ofrecidas son las siguientes:

* Examen Toxicològico que resultò negativo en toda sustancia.
* Certificado Mèdico que comprueba las lesiones fìsicas al momento de ser entregado a la autoridad.
* Todos los Testigos Oculares existentes concuerdan con la declaraciòn de Adan.
* Un Peritaje donde se comprueba la tortura fìsica y psicològica.
* No existen Antecedentes penales en el paìs antes de su detenciòn.
* El lugar donde los policìas argumentan en su parte informativo que fue la detención, no existe. Hecho constatado en un Peritaje de Inspecciòn Ocular.
* Los careos entre Adan, los testigos y la policìa son contundentes en el sentido de que los policìas no eran capàces de sostener de manera efectiva su dicho.
* Existe en el expediente constancias de buena conducta por parte del Sindicato Mexicano de Electricistas, del que Adán es miembro, donde se demuestra que el activismo politico de Adán no es nuevo y prueban su integridad moral.
* El dìa de hoy 21 de Mayo, Adán declarò nuevamente ante la juez V de Distrito Rosa Iliana Perez Noriega, y una vez màs ratificò que su detenciòn se debe a la participaciòn que tuvo dentro del movimiento de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca desde 2006.

ANTECEDENTES:

Adàn Mejia Lòpez fue detenido el día martes 17 de julio aproximadamente a las 8 de la noche en compañía de Herzain Michell Lopez mientras se encontrába a bordo de un taxi en el sitio “Animas Trujano” ubicado en la calle de Bustamante a dos cuadras del zócalo de la Ciudad de Oaxaca. Nunca fue informado del delito del que se le acusaba o la razón por la que se les detenía, por lo que fue una detenciòn ilegal y arbitraria.

En el transcurso de esa noche y madrugada fueron sometidos a golpes, interrogatorios y amenazas en diferentes instalaciones de corporaciones policíacas. donde fueron interrogados acerca de su participación y la de diferentes organizaciones en el movimiento social oaxaqueño, así como sobre los hechos relacionados con los acontecimientos del lunes 16 de julio en el cerro del fortín. despùes fueron fotografiados, grabados y fichados con minuciosidad varias veces.

En el transcuros de la noche recorrieron diferentes instalaciones de la policía ministerial y bancaria, terminando en las instalaciones de la secretaria de seguridad pública donde fueron obligados a posar con armas y droga. Ahí se le fabricaron los delitos de los que serian acusados posteriormente. Aproximadamente a las 4 de la mañana finalmente fueron trasladados a las instalaciones de la UMAN (Unidad Mixta de Atención al Narcomenudeo). donde Herzain Michell López fue acusado de posesión de arma de fuego y alcanzo libertad bajo caución, Adán Mejía López fue acusado de posesión de droga con hipótesis de venta e ingresado el jueves 19 a la penitenciaria de Santa Maria Ixcotel ubicada en la ciudad de oaxaca, donde el 25 de Julio fue dictado auto de formal prisión.

LLAMADO:

El auto de formal prisión TIENE COMO UNICO FUNDAMENTO, el FALSO parte informativo de los policìas, Por esta razón, ante las mùltiples violaciones a las Garantías Constitucionales, Derechos Humanos y LA FALTA DE JUSTICIA IMPARCIAL Y APEGADA A DERECHO QUE SUFRE EL PUEBLO DE OAXACA, llamamos a las organizaciones defensoras de Derechos Humanos, Organizaciones Sociales, Sindicatos, Colectivos y personas, a PRONUNCIARCE URGENTEMENTE por la INMEDIATA LIBERTAD PARA ADÀN MEJÌA LÒPEZ.

Respetuosamente invitamos a que sus llamados se hagan llegar antes del dìa viernes 23 de mayo, ya que es la fecha en la cual la Juez Rosa Iliana Noriega Pèrez resolverà dicho recurso.

Favor de hacer llegar sus llamadas, cartas y firmas a la siguente direcciòn, telèfono o Fax:

Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Oaxaca
Juez Rosa Iliana Noriega Pèrez
(951) 5 13 56 40/(FAX) 5 13 23 51
Col. Reforma
Calle Amapolas No. 1202
Oaxaca. 68000

Fuente: Kolektiv@ Todxs somos Presxs

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